Jorge Mario Benítez Pinedo
Sus libros

Alianza del Pacífico: condiciones migratorias laborales y de seguridad social
La Alianza del Pacífico (AP) nació el 28 de abril de 2011, se formalizó el 6 de junio de 2012 y entró en vigor en julio de 2015. En esta se prevé la integración política, económica, social y cultural de los cuatro países parte: Chile, Colombia, México y Perú para lo cual, se deben establecer compromisos efectivos de acción conjunta que mejoren el bienestar y los niveles de vida de sus habitantes y promuevan el desarrollo sostenible en sus respectivos territorios En la medida que la Alianza se ha considerado como una forma de nuevo regionalismo en la que se retoma el proceso de integración comercial en la región, que se había dejado de lado desde el Acuerdo de Libre Comercio de las Américas (ALCA), y que plantea dentro de sus objetivos la libre circulación de las personas, es necesario que este tipo de acuerdos vayan acompañados de procesos migratorios regulados que den seguridad jurídica, garanticen derechos y faciliten el cumplimiento de los mismos. Por lo general, este tipo de acuerdos comerciales son lacónicos al momento de regular los temas migratorios, más aún si se trata de migración laboral, y la Alianza del Pacífico no es la excepción. En ese sentido, se formuló y llevó a cabo una investigación con miras a resolver el problema ¿cómo deben trabajar los países latinoamericanos de la AP para garantizar la libre circulación de trabajadores dentro de sus territorios y la protección de sus derechos laborales y de seguridad social en los países de acogida? Para ello, se conformó un equipo académico de docentes de las Universidades de Chile, Externado de Colombia, Autónoma del Estado de Morelos y Pontificia Católica del Perú para abordar, desde la legislación y políticas públicas de cada país, el estudio de los aspectos migratorios laborales y de seguridad social actuales y llegar a una propuesta de insumos para una política migratoria laboral para los países de la Alianza, que garantice a los migrantes de la región sus derechos laborales y de seguridad social y paralelo a ello, se logre esa libre circulación de la que habla el Acuerdo.

Protección de los derechos de los trabajadores
En el ordenamiento jurídico nacional, existen varios procedimientos para liquidar una empresa, los cuales dependen de la naturaleza jurídica y del sector en que desarrolla actividades la entidad que se va a liquidar. Esto hace que haya ocasiones en que los acreedores no tienen claridad sobre la normatividad aplicable, tampoco acerca de la autoridad competente ni del procedimiento que se debe seguir. Esta situación de duda sobre la norma se presenta también en los trabajadores que han prestado servicios a esas entidades y que, por ende, tienen acreencias laborales por reclamar. Del análisis de los principales procedimientos de liquidación, se evidencian varias dificultades para que los trabajadores logren el pago de sus derechos laborales. Estos inconvenientes se generan por varias razones: la forma en que se avisa el inicio de la liquidación; el término perentorio para presentar créditos; la dificultad probatoria respecto a la existencia del crédito; y la falta de claridad en la forma y oportunidad para alegar la aplicación del principio de primacía de realidad sobre las formas en caso de que la entidad que se va a liquidar haya ocultado una relación laboral verdadera en desmedro de los derechos irrenunciables del trabajador. Las leyes que regulan los procedimientos de liquidación empresarial y de insolvencia de personas naturales tienen una orientación comercial. Aunque estas leyes no tienen por qué centrarse en la protección de los derechos de los trabajadores, no pueden desconocer que estos derechos son de orden público e irrenunciables. Por esta razón, la regulación actual requiere algunas modificaciones en las que no se mute su esencia, pero por medio de las cuales sí se dé un mejor respaldo a los créditos laborales. Por lo anterior, se formuló un proyecto de investigación para conocer cuáles son los problemas generados por la ley en los procesos de liquidación empresarial y de insolvencia en lo referente a la protección adecuada de los créditos laborales cuando un empleador se acoge a ellos. Así mismo, se indaga sobre las modificaciones que se deben implementar para remediar tales problemas. Como se refleja en los tres capítulos del presente libro, el desarrollo del proyecto implicó estudiar en la ley y en la jurisprudencia laboral la causal de terminación legal del contrato de trabajo en lo referente a la liquidación o clausura definitiva de una empresa o establecimiento. Esta causal está prevista en el literal e) del artículo 61 del Código Sustantivo del Trabajo, subrogado por el artículo 5 de la Ley 50 de 1990. También se revisó la legislación comercial sobre liquidación de empresas e insolvencia de personas naturales, su ámbito de aplicación, las etapas que incluye la liquidación, la forma como opera respecto a los créditos laborales y las garantías que existen en la actualidad para estos últimos. El proyecto asimismo conllevó analizar los problemas que se presentan, desde la perspectiva del derecho laboral, respecto a la protección de los derechos irrenunciables de los trabajadores. Por último, se plantean algunas posibles soluciones. Esta investigación fue adelantada por los investigadores del grupo de Flexibilización laboral del Departamento de Derecho Laboral de la Universidad Externado de Colombia.
